Asesoría Jurídica y Formación en los aspectos legales de los Criptoactivos

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viernes, 2 de octubre de 2020

CriptoJuris Venezuela propone una nueva redacción de los artículos 18 y 19 de la Providencia Administrativa 084-2020



La fórmula sería incorporar al sector privado en la redacción del artículos 18 de la Providencia Administrativa No. 084-2020 que regula la Minería Digital y los Procesos Asociados, junto al Estado para activar un pool de Minería Digital y acumular poder de cómputo.

Estas declaraciones las ofreció el CEO de nuestra organización abogado Ernesto Portillo (conocido en el ecosistema como Dr. CRIPTO), durante el encuentro virtual “Viernes Criptográfico” moderado por el trader Anibal Garrido y el abogado Ezio Rojas, quien propuso que lo establecido en el artículo 19, no sea de carácter obligatorio sino voluntario cumplimiento, ya que las sanciones existen en el Decreto Constituyente del Sistema Integral de Criptoactivos “te exige que para ejercer cualquier actividad debes estar registrado, es una restricción que ya se debe someter”, existen otras normas relacionadas con la Minería Digital una de ellas anti legitimación de capitales, es la correspondiente a la “Resolución No. 083 de SUDEBAN, la cual establece que todos los sujetos que estén relacionados con actividades de monedas virtuales, deben notificarle a su operador bancario que están trabajando con monedas virtuales, el GAFI recomienda eso y Venezuela acoge esas recomendaciones”.



Durante su intervención denominada: “Venezuela Seguridad Jurídica para la Minería Digital”, el Dr. CRIPTO citó los artículos  20 y 21 de la Providencia Administrativa No. 084 -2020, que regula la Minería Digital y los Procesos Asociados, de fecha 21 de septiembre de 2020, publicada en Gaceta Oficial No. 41.969 “¿Cuál es la restricción? aquí se está invitando a los nacionales e internacionales a venir a Venezuela para darles las condiciones y seguridad jurídica para invertir en el país”. Planteó que los condicionados definidos en dicha Providencia, van a resolver elementos técnicos que no se encuentran claros en la norma, “por ejemplo el artículo 18 se puede resolver con un condicionado sino se quiere cambiar la redacción”, además se propone no meter todo el poder computacional de minería en el Pool Nacional sino un porcentaje y el resto puede ir a otros pools privados nacionales o internacionales.


Durante el debate el abogado Portillo, resaltó que el Estado venezolano es el primero que asume como política la adopción de las criptomonedas de forma masiva y destacó que existen más de 36 normas relacionadas con el ecosistema de criptoactivos de Venezuela, para darle seguridad jurídica a las actividades cripto. Subrayó que existe el principio de autonomía de la voluntad de las partes, que tiene como límites las buenas costumbres y el orden público; cuando se desarrolla una actividad especial que genera riesgos, el Estado debe regular y controlar dicha actividad “El Estado debe resguardar el interés general”, manifestó que el hecho que el Estado coloque límites no está coartando la libertad económica, colocó como ejemplo, al Estado colombiano donde actualmente las criptomonedas no están legalizadas, ni son instrumentos de pagos con efectos liberatorios, el hecho que coloquen algunas restricciones por una actividad especialísima, no significa que le están coartando la libertad de ejercer cualquier actividad, el interés general debe ser resguardado, la actividad de minería existe.

Finalizó su presentación afirmando que en Venezuela se han generado un conjunto de normas que van a armonizar y dar seguridad jurídica a los que se dedican a la actividad de minería digital, el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) se ha pronunciado para combatir la legitimación de capitales “la actividad de minería digital se ha venido regulando porque existe un conjunto de deformaciones de comportamientos que va en contra de las buenas costumbres y el orden público”.



Por su parte, el trader Anibal Garrido manifestó que el objetivo es generar un debate informativo de naturaleza jurídica para la comunidad cripto “estamos por controlar algo que por naturaleza nació para no ser controlado”. El presentador desarrolló su propuesta sobre el proceso de minado “otorgar potencia de cómputo o cálculo a través de la conectividad de equipos, a la red de minería (protocolo), no sólo ocurre para Bitcoin, sino para los equipos que trabajen bajo la prueba de consenso (prueba de trabajo). Informó que los nodos se encuentran en todo el mundo, para obtener recompensa, que según está valorada en “6.5 Bitcoin, alrededor de 60 mil dólares”, definió al pool de minería como “la congregación de varias personas que realizan la actividad de minería y que se juntan con el propósito de incrementar el poder de cómputo otorgado a la red en un solo grupo y esas personas decodificar la famosa prueba de trabajo, obtener recompensa para ser repartida a todos los integrantes de la red”. Mostró gráficas sobre la distribución y concentración del poder de los pools de minería en el mundo con referencia al poder del Hashing, donde se pudo apreciar que las empresas BTC.com, F2Pool y Antpool, dominan el mercado, consideró que “estas empresas ofrecen libremente sus servicios a las personas que minan y existe una sana competencia”.


Por otra parte el jurista Ezio Rojas desarrolló su ponencia Minería en Venezuela: ¿Legal o regulada?, donde denunció que algunos medios de comunicación reseñaron que la Providencia Administrativa No. 084-2020, vino a legalizar la minería digital en Venezuela, lo que a su juicio es “un error garrafal”, considera que no se legalizó, “se reguló”. Manifestó que el Decreto Constituyente del Sistema Integral de Criptoactivos, de fecha 30 de enero de 2019, publicado en Gaceta Oficial No. 41.575, “cumple entre comillas con los preceptos legales para poder considerarse cuerpo legal que sea fuente del derecho venezolano”, citó los artículos 1, 29 y 30 de dicho instrumento legal. Además resaltó que la Providencia No. 084-2020, en su artículo 1, tiene por objeto regular “todo lo que conlleva a la actividad y la industria de la minería, desde importación del equipo hasta la puesta en marcha”, además señaló que el artículo 19 genera controversia en el ecosistema cripto “Estas sanciones pueden ir desde un monto de 6 mil dólares a 18 mil dólares, tasados en Petros y también sanciones o penas carcelarias”.


En otro orden de ideas, el letrado Roberto Hung desarrollo el tema: la idea de derecho que la definió como “la manera como organizamos el ejercicio de nuestras libertades”, considera que se puede realizar absolutamente todo lo que no esté expresamente prohibido, “ninguna de las actividades relacionadas con las criptos en general en este caso la minería han estado prohibidas”. A su juicio la blockchain “es toma de decisiones de contenido patrimonial a través de medios de consenso, es decir que no sólo el bitcoin es producto de la blockchain, sino muchas otras cosas entre ellas democracia”. Enfatizó que la cadena de bloques es consenso, libertad, toma de decisiones, por ello es importante los pools de minería digital, ya que “participan en la toma de decisión para resolver ese reto matemático”. Calificó a la Providencia Administrativa No. 084-2020, como una orden ejecutiva que carece de ley, “por naturaleza el poder ejecutivo carece de facultad normativa, es decir, no es ley”. Insistió que las criptomonedas no están prohibidas, la minería no está expresamente prohibida, el intercambio de valor no está limitado. Finalizó su ponencia argumentando que la intención es “meterle la mano en el bolsillo a las personas”, y considera que la Providencia No. 084-2020 es ilegal, ilegítima e inconstitucional, “viola la libertad de asociación, el derecho a la propiedad, el libre desenvolvimiento de la personalidad, la libertad económica y existe una usurpación de funciones”.


Desde CriptoJuris Venezuela, seguimos investigando, asesorando y formando, desde el punto de vista técnico-jurídico de las normas, por la construcción de la seguridad jurídica del ecosistema cripto venezolano. 









martes, 22 de septiembre de 2020

PROVIDENCIA Nº 084-2020 QUE REGULA LA MINERÍA DIGITAL Y PROCESOS ASOCIADOS EN VENEZUELA.

La normativa entró en vigencia a partir del 21 de septiembre de 2020, según Gaceta Oficial Nº 41.969. 

El nuevo instrumento jurídico consta de 23 artículos, el cual tiene por objeto "regular las actividades relacionadas con el uso, importación, comercialización de equipos de Minería Digital, partes y piezas de éstos, equipamiento y acondicionamiento de espacios para ofrecer el servicio de hospedaje a equipos de Minería Digital, incluida la fabricación, ensamblaje, reparación y mejoras de tales equipos, así como que provean el servicio de minería digital en la nube”.

Esta ley establece como sujetos obligados las personas naturales y jurídicas, privadas o públicas, consejos comunales, comunas y demás formas de organización de Poder Popular domiciliadas en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, que realicen actividades inherentes a la Minería Digital y procesos asociados, en el marco del Sistema Integral de Criptoactivos y Actividades Conexas.

En el cuerpo de la norma se definen varios conceptos como: condicionados, granjas digitales, hash, hospedaje, minería digital, minería digital en la nube, nube digital, pool de minería nacional digital, Registro Integral de Servicios en Criptoactivos (RISEC) y un nuevo concepto novedoso el RIM: Registro Integral de Mineros, el cual es una aplicación web a disposición del usuario que tiene interés en tramitar y gestionar alguna de las licencias de operación enmarcadas en las actividades relacionadas con el objeto de esta providencia.

Asimismo, se otorgarán licencias a los usuarios y usuarias que quieran utilizar, importar, comercializar con equipos de Minería Digital, sus partes y piezas; además de equipar y acondicionar espacios para ofrecer el servicio de hospedaje a equipos de Minería Digital; fabricar, ensamblar, reparar y mejorar tales equipos, así como proveer el servicio de minería en la nube.

Finalmente, se creará “El Pool de Minería Digital Nacional", el cual "tiene como objetivo agrupar los mineros digitales dentro del territorio nacional e incentivar a la comunidad minera digital internacional a formar parte del referido pool, con el fin de acumular un alto poder de procesamiento que agilice la resolución de bloques”.

Si necesita más información puede acceder a la Gaceta Oficial a través del siguiente linK: 

Para atender sus dudas y accesar a las Asesoría Criptolegales vía on-line 


o puede contactarnos a través de nuestras coordenadas:


Por la construcción de la seguridad jurídica del 
Ecosistema Cripto venezolano


martes, 30 de junio de 2020

BOLETIN No. 007-2020 - LA IMPORTANCIA DEL RISEC ANTE SUNACRIP

martes, 23 de junio de 2020

SOMOS CRIPTO ABOGADOS!


Somos Cripto Abogados!


Cada día se hace más común escuchar la profesión de “cripto abogado” en las calles de Caracas, Venezuela, ¿Quiénes son? se dedican a resolver los problemas que pueden surgir en los temas concernientes a la Blockchain y las Criptomonedas, son abogados que salieron de la matrix, que cambiaron su mentalidad analógica y mutaron a la era digital, rápidamente se incorporan nuevos profesionales del derecho en este campo desconocido para muchos.
Un lunes a primeras horas de la mañana en los tribunales venezolanos encontramos abogados resolviendo situaciones tradicionales con sus clientes convencionales, tranzando en dólares, más que en bolívares, sin imaginar el cambio de paradigma que se mueve en las operaciones habituales, ya que la era digital este cada día más cerca.
Luego de la aparición en el escenario mundial del bitcoin en 2009, en nuestro país los entusiastas de las criptomonedas adquirieron, compraron o intercambiaron algún bien producto y servicio con esta tecnología disruptiva, pero ¿Consideraron la posibilidad que se presentara algún delito en el ecosistema fintech? ¿Existe alguna regulación para las criptomonedas en Venezuela? ¿Es legal el canje de criptomonedas?
En los últimos años en el entorno digital de los criptoactivos se han presentado problemas entre dos o más personas, durante el cambio de monedas digitales, que han afectado la popularidad de esta innovadora tecnología que promete crear una economía alternativa al sistema financiero acostumbrado.
Se hace cada vez más común escuchar en las calles del país denuncias como: ¡Me estafaron con criptomonedas! o ¡fui víctima de una página que me prometió grandes dividendos! En definitiva los delitos con criptomonedas avanzan y están dejando atrás a nuestros organismos de seguridad, que no saben cómo tratar con lo desconocido, por ende actúan aplicando investigación tradicional a los nuevos delitos tecnológicos, ignorando que en el estado de derecho ellos son corresponsables de sus actos, para ello es importante adquirir los conocimientos del nuevo profesional “cripto abogado”.
A través de las redes sociales observamos los avances de la nueva tecnología que rompe con lo establecido en todos los sectores de la sociedad, especialmente en el área legal, donde los cripto abogados se promocionan innovando en nuevos productos/servicios de calidad para las personas naturales/jurídicas de Venezuela y el mundo.
El Estado venezolano ha creado una arquitectura jurídica para proteger a los ciudadanos, un ejemplo de los instrumentos legales más importantes para los cripto abogados es la Ley Especial Contra los Delitos Informáticos, creada el 01 de Octubre de 2001, cuyo objeto es “la protección integral de los sistemas que utilicen tecnologías de información” creando la división de delitos informáticos del Cuerpo de Investigaciones Criminalística y Penales (CICPC).
Recientemente el 30 de Enero de 2019, se publicó en la gaceta oficial Nº 41.575, el Decreto Constituyente Sobre  el Sistema Integral de Criptoactivos,  instrumento jurídico para regular el entorno de las criptomonedas y es una norma de “orden público y prevalecerán en su aplicación sobre las contenidas en otras leyes”, por ello para un cripto abogado es pertinente conocer todos los instrumentos legales que existen para definir la naturaleza jurídica de las criptomonedas.
Los cripto abogados somos emprendedores disruptivos, que vinculamos nuestro conocimiento jurídico con las nuevas tecnologías alternativas, ya estamos desarrollando experiencias en las calles de Caracas, nos puedes ver en una esquina tomando café, somos tangibles en nuestro pensamiento y accionar, tenemos muchas historias no conocidas o contadas, pero pronto saldrán más detalles a la luz pública.

Somos Cripto Abogados y prestamos servicios Cripto Jurídicos!


lunes, 30 de septiembre de 2019

TODO UN ÉXITO!!! TALLER ENCRIPTA LEGALMENTE TU NEGOCIO DE TRADING!


El pasado 26 de septiembre de 2019, se llevó a cabo el Taller de ENCRIPTA LEGALMENTE TU NEGOCIO DE TRADING, en las instlaciones de @EstudiosCafé en el C.C. Galerías Ávila, de la mano de los #CriptoAbogados, Elba Boada @elba_boada, Luis Villalta @villalta754, Ernesto Portillo @abgportilloyasociados, y un invitado especial Luis Rondón Internacionalista y Magister en Economía Internacional, donde abordaron el tema de los riesgos que conlleva el negocio del Trading, riesgos tecnológicos, financieros y legales.



Próximamente estaremos publicando la programación de talleres 
del mes de Octubre.

A continuación algunas de las impresiones de los participantes del taller:


Richard Dominguez
"...me parece que esta iniciativa como la de CriptoJuris son importantes que se sigan auspiciando, debido a que da conocimientos y da fortalezas a todo lo que es el ecosistema de las criptomonedas en Venezuela, para que podamos tener herramientas y podamos diseñar estratégias y así enfrentar las amenazas y fortalecer debilidades que puedan  contribuir precisamente en la criptonación que todos queremos"

Ramón Medina
"un experiencia encantadora sobre todo por la cantidad de conocimiento ... recomendaría a que asistieran sobre todo esas personas que trabajan de alguna manera en instituciones financieras o trabajan por su cuenta a que se incorporaran en este tipo de talleres muy provechosos y que además todo conocimiento es importante pera el futuro..." 


Venezuela Martin
"... pienso que antes de incursionar en cualquier tipo de actividades debemos culturizarse, aprender, investigar, y creo que la mejor manera es con CriptoJuris ya que ellos tienen un grupo de gente especializados en cada área en la que tu puedas tener dudas, y pienso que son herramientas fundamentales e importantes manejar para incorporarse al mundo de las criptomonedas, es mi mayor sugerencia, me ha servido extraordinariamente, estoy muy contenta, me he enterado de cosas impresionantes que ni me imaginaba..."


Junior Bernavet
 "...me enteré de muchas cosas que desconocía del mundo cripto, del mundo de la minería digital, del trading como tal, de como manejar un negocio, como manejar los riesgos... excelente"








jueves, 26 de septiembre de 2019

BLOCKCHAIN REPRESENTA NUEVOS RETOS INELUDIBLES PARA LOS ABOGADOS




Definitivamente los #Criptoabogados de @Criptojurisven no estamos equivocados, en esta nueva era tecnológica, los abogados debemos hacer uso del pensamiento disruptivo, romper con la convencionalidad y adentrarnos al mundo digital, aunque existen ciertas tendencias a la resistencia, seguimos trabajando en pro de ganarle al desarrollo jurídico y a la formación desde nuestros escenarios de "SE HABLA CRIPTO", así como dijo Charles Darwin en una oportunidad “No es el más fuerte de las especies el que sobrevive, tampoco es el más inteligente el que sobrevive. Es aquel que es más adaptable al cambio.”

Por lo que queremos compartir con ustedes este artículo del portal de noticias Morocotacoin:


Así es que debemos apostar a la investigación, al estudio y a la formación académica.

Fuente: www.morocotacoin.com

lunes, 23 de septiembre de 2019

ENCRIPTA LEGALMENTE TU NEGOCIO DE TRADING



¿Llevas legal y correctamente tu negocio de Trading?
¿Estás ofreciendo verdaderas garantías de rendimiento a tus clientes?
¿Conoces los riesgos legales, tecnológicos y financieros del trading?
¿Está blindado legalmente tu servicio para evitar futuras pérdidas?

Si te dedicas al #trading, este taller es para ti... El trading con criptomonedas consiste en el estudio de los mercados con diferentes técnicas, con el propósito de determinar el valor futuro de un activo y efectuar las compras y ventas correspondientes para la obtención de beneficios. Esta es una actividad de "alto riesgo", riesgo que puede generar responsabilidades civiles, administrativas y penales. ¿Pero qué pasa si hago esta práctica de inversión la realizamos con dinero de otro y por la volatilidad, los errores y ataques informáticos, se pueden afectar por interrupciones o bifurcaciones... y hasta bloqueos económicos?

En este taller los #criptoabogados de @criptojurisven te darán a conocer las recomendaciones para "Encriptar Legalmente tu Negocio de Trading".

 Fecha : 26/09/2019
🕐Hora : 1:00 pm
Lugar : CC Galerías Ávila, PB Estudios Café @estudioscafe
📦Contiene : Break, Certificado Digital, E-books: Compilación de Normas y Documentos relacionados con los Criptoactivos en Venezuela y Guía de Recomendaciones legales para el Trading. 

 *Contactos*
04122126523 / 04129772921 / 04241816009

criptojurisven@gmail.com
Twitter: @juriscripto
Instagram: @CriptoJurisVen 

martes, 3 de septiembre de 2019

IMPLICACIONES LEGALES DEL NEGOCIO DE TRADING

¿Sabías que si no blindas legalmente tu negocio de Trading
CORRE UN ALTO RIESGO!!!?

CRIPTOJURIS VENEZUELA, le invita a participar en la Cápsula GRATUITA!, este próximo 16 de septiembre de 2019, de 10:00 am a 12:00 m, en las instalaciones de Estudios Café en el Centro Comercial Galerías Ávila, Nivel Parque, San Bernardino, Caracas.


RESERVA DESDE YA!




REALIZAREMOS JORNADA DE INFORMACIÓN LEGAL PARA PARA CRIPTOACTIVOS TODO EL MES DE SEPTIEMBRE



A partir del 3 de septiembre y durante todo ese mes, Criptojuris estará realizando una jornada informativa sobre la normativa legal que requiere el uso de las criptomonedas en Venezuela.
Iniciarán la capacitación el próximo martes 3, a partir de las 10 de la mañana, con el tema “¿Son legales las criptomonedas?”.
Posteriormente continuarán el viernes 13, a la misma hora, con “Cumplimiento legal para trading”.
El lunes 16 desarrollarán el tema “Implicaciones legales del trading”, también a las 10 am y finalmente, el jueves 26 ofrecerán “Encripta legalmente tu negocio de trading”, a partir de la 1 pm.
Todos los eventos se llevarán a cabo en Caracas y los tres primeros tendrán entrada gratuita.
Entre los expertos que desarrollarán la jornada se encuentra Elba Boada, abogada, especialista en ejercicio de la función fiscal de la Escuela Nacional de Fiscales del Ministerio Publico, especialista en Ciencias Penales y Criminológicas, docente universitario en la ENFMP, ex Fiscal Nacional en delitos Contra la Corrupción, consultora en Branding, Marketing Digital y Social Media, autora del Blog Marketing Jurídico 2.0, cofundadora de la Fundación de Estudios Superiores e Investigación de Ciencias Jurídicas (FUNDALEGIS) y cofundadora de CriptoJuris Venezuela. Actualmente labora en la Dirección de Consultoría Jurídica del Servicio Autónomo de Propiedad Intelectual (SAPI).
También estará Luis Villalta, abogado, comunicador social, técnico superior en Producción de Medios, locutor certificado, diplomado en Actualización y Formación Pedagógica, diplomado en Gobierno y Poder Ciudadano, participante en el Foro Mundial Europeo 2008, ha desempeñado distintos cargos en la Administración Pública como productor, reportero y gerente de ANTV,  jefe de prensa del MPP para la Cultura, cofundador de CriptoJuris, presidente de la empresa blockchain compañía anónima Cripto Pioneros 31.
Los acompañará Ernesto Portillo, abogado, profesor en Educación Industrial mención Electricidad Industrial, magister en Ciencias Jurídicas, tsu en Mantenimiento de Equipos Eléctricos, diplomado en Derechos Humanos, diplomado en Derecho Procesal Penal, cofundador de la Fundación de Estudios Superiores e Investigación de Ciencias Jurídicas (FUNDALEGIS), fundador del Escritorio Jurídico Portillo & Asociados, cofundador de CriptoJuris Venezuela, docente universitario.
Y finalmente Antonio González, licenciado en Ciencias Policiales, abogado, magister en Ciencias Jurídicas, diplomado en Derecho Procesal Penal, docente del Consejo Moral Republicano, cofundador de CriptoJuris,  comisario Jubilado del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), director de la Sociedad Mercantil Tecnología de Servicio de Monitoreo y Reacción Guardia GPS, C.A.
Para mayor información puede dirigirse a @JurisCripto, @CriptoJurisVen o a los números telefónicos: 04129772921, 04241816009 y 04122126523.

lunes, 8 de julio de 2019

LAS 12 RECOMENDACIONES PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES CON CRIPTOMONEDAS


Por:
Abg. Ernesto Portillo
Abg. Elba Boada
Abg. Luis Villalta
Abg. Antonio González

LAS 12 RECOMENDACIONES PARA EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES CON CRIPTOMONEDAS


Con el uso masivo de las Criptomonedas a nivel mundial y nacional, estas se han venido utilizado para el pago de distintas obligaciones, una de ellas son obligaciones laborales.

Es importante señalar, que cuando se trata de obligaciones laborales, estas están protegidas por una legislación especial, y en muchos países estas obligaciones laborales son de orden público, es decir, son protegidas por los Estados de manera especial.

Muchas personas naturales y jurídicas como patronos, han venido pagando las obligaciones laborales con Criptomonedas y otros desean pagarlas.

Desde CriptoJuris le damos las 12 recomendaciones, para el pago de obligaciones laborales con Criptomonedas:

1. Asesórese con un abogado laboralista y experto conocedor del tema jurídico de las criptomonedas, a los fines, de recibir orientación para el pago de obligaciones laborales con Criptomonedas, según la legislación vigente de cada país, ya que podrías estar incurriendo en una situación no permitida por la legislación nacional, que dará como resultado el considerar el pago realizado como no liberatorio de la obligación laboral, lo que traería como consecuencia, la necesidad de repetir el pago.

2. Solicite el pronunciamiento de la Inspectoría del Trabajo conforme a la legislación nacional para el caso venezolano, la Ley Orgánica del Trabajo, Trabajadores y Trabajadoras (LOTTT), establece que se puede realizar una consulta (consulta administrativa, dictamen), así mismo en otros países, se debe realizar la consulta ante el ente rector en materia laboral.

3. Levante actas de acuerdos con los trabajadores de las obligaciones laborales que desea pagar, e informe a la Inspectoria del Trabajo, para el caso venezolano. En otros países se debe realizar la notificación al ente rector en materia laboral, si así lo estableciera.

4. Defina que Criptomoneda usará y como la va a usar, si es como unidad de cuenta o como medio de pago. Recomendamos que sea una stablecoin, por cuanto no está sujeta a volatilidad en su valor.

5. Informe a la Superintendencia Nacional de Criptoactivos y Actividades Conexas (SUNACRIP), para el caso venezolano; asimismo, en otros países se debe realizar la notificación al ente rector en materia de Criptomonedas, que desea pagar obligaciones laborales con Criptomonedas, a los fines de ser autorizado.

6. Regístrese ante el Registro Integral de Servicios en Criptoactivos (RISEC), para el caso venezolano, de igual forma, en otros países se debe realizar el registro ante el ente rector en materia de Criptomonedas, si así lo estableciera.

7. Escoja una criptomoneda de valor estable, reconocida por la legislación venezolana, a los fines de proteger de manera efectiva el pago y la usabilidad de la Criptomoneda, en el caso de otros países realice un sondeo para determinar la criptomoneda estable mas usada en ese país.

8. Use una Exchange para realizar el pago. Esta le pueda ayudar a realizar el servicio de tramitarle la nómina de pago, o hacerlo usted mismo de manera directa peer to peer (P2P).

9. Tenga en cuenta cuales obligaciones laborales quiere pagar con criptomonedas (salarios e indemnizaciones entre otras).

10. Si realiza pagos de obligaciones laborales con criptomonedas, homologue para el caso venezolano, ante la Inspectoria del Trabajo o tribunales laborales, en otros países en el ente rector o los tribunales especiales para tal fin.

11. Elabore los recibos de pagos correspondientes indicando las wallet, monto, fecha, hash, concepto, entre otros datos de relevancia. A los fines de disponer de instrumento probatoria de haber cumplido con el pago de la obligación laboral.

12. Incorpore la tecnología a sus negocios, para adaptarse a las nuevas formas de pagos.

Es importante si eres sujeto obligado, y está relacionado con las criptomonedas, debes cumplir con las normas a los fines de no ser sancionado.

Somos Criptoabogados, prestamos servicios Criptojuridicos.

Llame y haga sus consultas, a través de los Teléfonos:
0412-9772921 / 0424-1816009 / 0412-2126523.